Introducción
La seguridad y salud en el entorno laboral es una prioridad para cualquier empresa responsable. Uno de los aspectos clave en la prevención de riesgos laborales es la calidad del aire que respiran los trabajadores. En este sentido, la ventilación desempeña un papel fundamental para garantizar un ambiente de trabajo saludable y libre de contaminantes.
Importancia de la ventilación en la prevención de riesgos laborales
La ventilación es crucial en la prevención de riesgos laborales por varias razones:
- Protección de la salud respiratoria: Al capturar o diluir los contaminantes, la ventilación reduce significativamente la exposición de los trabajadores a sustancias nocivas que pueden causar enfermedades respiratorias, alergias o intoxicaciones.
- Cumplimiento de la normativa: La legislación española, a través de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y otros reglamentos específicos, establece la obligatoriedad de adoptar medidas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. La ventilación, general o localizada, es una de las medidas técnicas requeridas en muchos sectores industriales.
- Mejora de la productividad: Un ambiente de trabajo saludable y libre de contaminantes contribuye al bienestar de los empleados, reduciendo el absentismo laboral y aumentando la motivación y eficiencia en el desempeño de sus tareas.
- Prevención de accidentes: La acumulación de contaminantes en el aire puede generar riesgos adicionales, como la formación de atmósferas explosivas o la reducción de la visibilidad. La ventilación general o localizada ayuda a mantener un entorno seguro, minimizando estos riesgos.
Enfermedades y riesgos derivados de la exposición a contaminantes
La exposición a contaminantes aéreos en el ambiente laboral puede desencadenar una variedad de problemas de salud en los trabajadores, afectando principalmente al sistema respiratorio, cardiovascular y neurológico, e incluso aumentando el riesgo de desarrollar cáncer.
Enfermedades Respiratorias
- Afecciones como la bronquitis y el asma bronquial pueden manifestarse debido a la inhalación de sustancias nocivas en el aire del entorno laboral.
- La exposición prolongada a contaminantes respiratorios puede provocar enfermedades más graves, como la fibrosis pulmonar.
Problemas Cardiovasculares
- La presencia de contaminantes en el ambiente laboral puede contribuir al desarrollo de enfermedades cardiovasculares, como la hipertensión y las enfermedades cardíacas.
- La exposición constante a estas sustancias puede aumentar el riesgo de sufrir infartos y accidentes cerebrovasculares.
Riesgos Neurológicos
- La inhalación de ciertos contaminantes puede tener efectos adversos en el sistema nervioso, aumentando la probabilidad de padecer trastornos neurológicos como la neurotoxicidad.
- Los trabajadores expuestos a niveles altos de contaminantes pueden experimentar deterioro cognitivo y dificultades en las funciones cerebrales.
Aumento del Riesgo de Cáncer
- La exposición a ciertos agentes carcinógenos presentes en el ambiente laboral puede incrementar el riesgo de padecer cáncer de pulmón, piel y otras áreas del cuerpo.
- La protección adecuada mediante sistemas de aspiración localizada es fundamental para reducir la exposición y prevenir este grave riesgo para la salud de los trabajadores.
Legislación española sobre valores límites admisibles de agentes contaminantes del aire
La legislación española establece un marco normativo sólido para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el entorno laboral. En lo que respecta a la agentes contaminantes en el aire, existen varias normas y reglamentos que regulan su aplicación y establecen los requisitos mínimos que deben cumplir estos sistemas.
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es la norma básica en materia de seguridad y salud en el trabajo en España. Esta ley establece los principios generales de la acción preventiva y las obligaciones de los empresarios para garantizar la protección de los trabajadores.
En su artículo 15, la ley menciona la necesidad de «adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual», lo que implica la implementación de sistemas de ventilación general o localizada cuando sea necesario para controlar los riesgos.
Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
El Real Decreto 486/1997 establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben cumplir los lugares de trabajo. En su Anexo III, se abordan específicamente los requisitos de ventilación y climatización.
Según este real decreto, la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. Además, se establece que, en los locales de trabajo cerrados, deberán cumplirse, entre otras, las siguientes condiciones sobre ventilación para una adecuada calidad de aire interior:
- La renovación mínima del aire de los locales de trabajo será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados, y de 50 metros cúbicos en los casos restantes.
- Se evitarán los olores desagradables y las emanaciones peligrosas o nocivas.
Estos requisitos resaltan la importancia de contar con sistemas de ventilación adecuados, como la aspiración localizada, para mantener una calidad del aire óptima en el entorno laboral.
Guía Técnica para la evaluación de prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo.
El Real Decreto 486/1997 encomienda de manera específica, en su disposición final primera, al Instituto, la elaboración y el mantenimiento actualizado de una Guía Técnica de carácter no vinculante para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo. Dicha Guía proporciona criterios y recomendaciones que pueden facilitar a los empresarios y a los responsables de prevención la interpretación y aplicación del citado real decreto, especialmente en lo que se refiere a la evaluación de riesgos para la salud de los trabajadores involucrados y en lo concerniente a medidas preventivas aplicables. En lo que a Calidad de Aire interior respecta, muestra las siguientes tablas con los agentes más destacables relacionados con la calidad de aire interior:
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con agentes químicos durante el trabajo.
Este Real Decreto establece los valores límite de exposición profesional (VLA) para agentes químicos en el lugar de trabajo, estableciendo las pautas para la evaluación de riesgos derivados de la exposición por inhalación a estos agentes.
Según este Real Decreto, la evaluación de riesgos debe incluir la medición de las concentraciones del agente químico peligroso en el aire, específicamente en la zona de respiración del trabajador. Estas mediciones deben compararse con los valores límite ambientales correspondientes.
Los procedimientos de medida a utilizar deben cumplir con la normativa específica aplicable, incluyendo los requisitos exigibles a los instrumentos de medida. Además, se deben emplear métodos validados que proporcionen resultados con el grado de fiabilidad requerido.
Los productos con valores limitados en este real decreto son:
Plomo inorgánico y sus derivados
Los productos prohibidos en este real decreto son:
2 – naftilamina y sus sales
4 – aminodifenilo y sus sales
Bencidina y sus sales
4 – nitrodifenilo
Con un límite de concentración de 0,1% en peso para estar exentos de dicha prohibición.
Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con los agentes químicos presentes en los lugares de trabajo.
Esta Guía, publicada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), proporciona orientaciones prácticas para la aplicación del Real Decreto 374/2001.
Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
A efectos de este real decreto, se entenderá por agente cancerígeno o mutágeno una sustancia o mezcla que cumpla los criterios para su clasificación como cancerígeno o mutágeno en células germinales de categoría 1A o 1B establecidos en el anexo I del Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
También se entenderá como agente cancerígeno una sustancia, mezcla o procedimiento de los mencionados en el anexo I de este real decreto, así como una sustancia o mezcla que se produzca durante uno de los procedimientos mencionados en dicho anexo. A continuación se expone dicha lista:
1. Fabricación de auramina.
2.Trabajos que supongan exposición a los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en el hollín, el alquitrán o la brea de hulla.
3.Trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o a las nieblas producidas durante la calcinación y el afinado eléctrico de las matas de níquel.
4.Procedimiento con ácido fuerte en la fabricación de alcohol isopropílico.
5.Trabajos que supongan exposición a polvo de maderas duras.
6.Trabajos que supongan exposición a polvo respirable de sílice cristalina generado en un proceso de trabajo.
7.Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor.
8.Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.
En el anexo III del Real Decreto 665/1997 se establecen valores límite de exposición para los agentes cancerígenos o mutágenos para los cuales se ha establecido un valor límite vinculante a nivel europeo en la Directiva 2004/37/CE.
- Polvo de maderas duras
- Compuestos de cromo (VI) solubles
- Fibras cerámicas refractarias
- Polvo de sílice cristalina respirable
- Benceno
- Cloruro de vinilo monómero
- Óxido de etileno
- 1,2-epoxipropano
- Tricloroetileno
- Acrilamida
- 2-Nitropropano
- o-Toluidina
- 4,4’ – Metilendianilina
- Epiclorohidrina
- Bromuro de etileno
- 1,3-Butadieno
- Dicloruro de etileno
- Hidracina
- Bromoetileno
- Emisiones de motores diésel
- Mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos, en particular los que contienen benzo[a]pireno y son agentes carcinógenos en el sentido del presente real decreto.
- Aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor.
- Cadmio y sus compuestos inorgánicos.
- Berilio y compuestos inorgánicos del berilio.
- Ácido arsénico y sus sales, así como compuestos inorgánicos
- Formaldehído.
- 4,4′-metilenbis (2 cloro-anilina).
En virtud de los comentarios efectuados sobre las disposiciones del artículo 1 del Real Decreto 665/1997, cuando un agente cancerígeno o mutágeno no tenga asignado un valor límite de exposición profesional en el anexo III del Real Decreto 665/1997, le será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 374/2001:
“Los valores límite ambientales establecidos en su anexo I o en una normativa específica aplicable [como es el presente Real Decreto]; y, en ausencia de los anteriores, los valores límite ambientales publicados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en el “Documento sobre Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España” cuya aplicación sea recomendada por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Guía Técnica para la evaluación y prevención de riesgos relacionados con agentes cancerígenos o mutágenos en el trabajo
Se ha redactado una Guía Técnica para la evaluación y prevención de riesgos relacionados con agentes cancerígenos o mutágenos en el trabajo, elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de caracter no vinculante, que proporciona información y recomendaciones para facilitar la aplicación del Real Decreto 665/1997.
Documento técnico del INSST "Límites de exposición profesional para agentes químicos en España"
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publica anualmente un documento técnico que establece los valores límite de referencia para la exposición de los trabajadores a agentes químicos en el ambiente laboral. Este documento, titulado «Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España», es una herramienta fundamental para la evaluación y control de riesgos en el ámbito laboral.
Valores Límite Ambientales (VLA)
El documento define dos tipos de Valores Límite Ambientales (VLA), que representan las concentraciones máximas permitidas de agentes químicos en el aire:
VLA-ED (Valor Límite Ambiental-Exposición Diaria)
Este valor indica las condiciones a las que se considera que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos durante una jornada laboral de 8 horas diarias y 40 horas semanales, sin sufrir efectos adversos para su salud.
VLA-EC (Valor Límite Ambiental-Exposición de Corta Duración)
Este valor establece el límite de referencia para exposiciones de corta duración, que no deben superarse en ningún momento de la jornada laboral.
Es fundamental que los profesionales de la prevención de riesgos laborales y las empresas consulten este documento técnico para conocer los VLA aplicables a los agentes químicos presentes en sus lugares de trabajo. Esto les permitirá realizar una evaluación adecuada de los riesgos y establecer las medidas de control necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores expuestos a sustancias químicas.
Notas técnicas de prevención del INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo).
NTP 7: Soldadura. Prevención de Riesgos Higiénicos
El objetivo de esta nota es la difusión de los medios más comúnmente utilizados en Higiene Industrial para la prevención de los riesgos higiénicos en los procesos de soldadura.
NTP 526: Valores límite de exposición profesional en la Unión Europea y en España
El objetivo de esta NTP es informar sobre los valores límite indicativos y vinculantes fijados en la Unión Europea según las Directivas 91/322/CEE, 96/94/CE y 98/24/CE, 1999/38CE, 91/382/CEE y su situación legal en España.
NTP 549: El dióxido de carbono en la evaluación de la calidad del aire interior
NTP 583: Evaluación de la exposición laboral a agentes químicos. Norma UNE-EN-482 y relacionadas
En la presente Nota Técnica de Prevención se exponen los aspectos más importantes de la norma UNE-EN-482: 1995. Atmósferas en el lugar de trabajo. Requisitos generales relativos al funcionamiento de los procedimientos de medición de contaminantes químicos, así como de otras normas relacionadas.
NTP 731: Evaluación de la exposición laboral a aerosoles (I): aspectos generales.
En esta Nota Técnica de Prevención se exponen los aspectos más importantes de las Normas UNE-EN 481, UNE-EN 13205 y UNE482, y de la guía CEN/TR 15230, en relación con la evaluación de la exposición laboral a aerosoles. El conocimiento de los aspectos que se resaltan de las mismas es fundamental para un enfoque técnicamente correcto de dicha evaluación
Normativa
Norma UNE-EN 481:1995, sobre "Atmósferas en los lugares de trabajo. Definición de las fracciones por el tamaño de las partículas para la medición de aerosoles".
Esta norma define las fracciones de tamaño de partícula relevantes para la evaluación de la exposición por inhalación en el lugar de trabajo.
UNE-EN 482:2021 “Exposición en el lugar de trabajo. Procedimientos para la determinación de la concentración de los agentes químicos. Requisitos generales relativos al funcionamiento”
Esta norma establece los requisitos que deben cumplir las mediciones de agentes químicos en el ambiente laboral cuando se comparan con los valores límite de exposición profesional.
El propósito principal de esta norma es garantizar que las mediciones realizadas para determinar la concentración de agentes químicos en el ambiente laboral sean confiables y comparables con los valores límite de exposición profesional establecidos. Esto permite evaluar adecuadamente los riesgos y adoptar las medidas de control necesarias para proteger la salud de los trabajadores expuestos.
Norma UNE-EN 689:2019+AC:2019 Exposición en el lugar de trabajo. Medición de la exposición por inhalación de agentes químicos. Estrategia para verificar la conformidad con los valores límite de exposición profesional.
La norma UNE-EN 689:2019 establece una estrategia para realizar mediciones representativas de la exposición laboral por inhalación de agentes químicos y verificar su conformidad con los VLA.
Entre las principales novedades de esta norma destacan:
- La evaluación se realizará siempre por grupos de exposición similar (GES), determinados por el evaluador en base a la diversidad de tareas, perfiles de exposición, condiciones de trabajo, etc.
- La agrupación de trabajadores en GES se validará mediante técnicas estadísticas tras realizar las mediciones.
- La muestra mínima de un GES son tres exposiciones. Ya no es posible decidir la conformidad con una única medición.
- Se requiere un mínimo de 6 mediciones para determinar la periodicidad de futuras evaluaciones en función de los resultados obtenidos.
Ventilación General vs Ventilación Localizada
La calidad del aire interior es un factor crucial en el entorno industrial, ya que un aire contaminado puede afectar negativamente la salud de los trabajadores y disminuir su productividad. Existen dos enfoques principales para mejorar la calidad del aire: la ventilación general y la ventilación localizada. Ambos sistemas tienen sus ventajas y desventajas, y la elección dependerá de las necesidades específicas de cada industria.
Puedes conocer nuestro servicio de ventilación general aquí.
Puedes ampliar más sobre nuestras soluciones de ventilación localizada aquí.
En resumen, tanto la ventilación general como la ventilación localizada son soluciones válidas para mejorar la calidad del aire interior en la industria. La elección dependerá de factores como el tipo de contaminantes presentes, su distribución en el espacio, los costos energéticos y los requisitos de mantenimiento. En muchos casos, la combinación de ambos sistemas puede ser la solución más efectiva para garantizar un ambiente de trabajo saludable y productivo.